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Contrato de Licencia: ¿puedo usar tu marca?



Cuando hablamos de licencia, estamos hablando de un acuerdo por medio del cual el titular del derecho cede o permite su uso y explotación a un tercero, por un tiempo y con un alcance territorial determinado a cambio de una contraprestación económica que se conoce como royalties.


Es importante destacar que la licencia no supone una cesión de derechos, sino únicamente una autorización para la explotación de la marca por parte del tercero. En el contrato es imprescindible que se haga constar el alcance de esa autorización para la explotación, las condiciones de la misma, los derechos que, en concreto, se están licenciado, la contraprestación, el plazo en el que se autoriza la explotación y el alcance territorial de la misma.


El alcance territorial en materia de marcas es de vital importancia.


Compañías con marcas relevantes tienen en las propias marcas una vía importante de generación de ingresos y riqueza, teniendo en cuenta que los importes abonados por los terceros para la explotación de dichas marcas son verdaderamente elevados. Una marca registrada y que sea relevante siendo conocida mundialmente y con una reputación ya consolidada, en muchos casos, constituye el principal activo de las compañías.


Un claro ejemplo son las marcas de lujo, todas ellas han suscrito contratos de licencia por medio de los cuales atribuyen la facultad de explotación de sus marcas a terceros fabricantes. Es muy habitual en la producción de artículos de lujo más “pequeños”, como pueden ser, perfumes, cosmética o gafas de sol.


En Lecover tenemos una gran experiencia en materia de propiedad intelectual e industrial y en la redacción de todo tipo de acuerdos y contratos en relación con las marcas como son los contratos de licencia, si necesitas ayuda puedes ponerte en contacto con nosotros por email a clientes@lecoverabogados.com , en el teléfono 608502382 o por medio de nuestro formulario de contacto.


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