El Tribunal Supremo pone freno a la Agencia Tributaria
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Exoneración de deudas con Hacienda y Seguridad Social: el Tribunal Supremo aclara los límites
Las Sentencias 260/2026 y 254/2026, de 18 de febrero, del Tribunal Supremo fijan doctrina sobre la exoneración del crédito público en el concurso de persona física, una cuestión clave para empresarios y autónomos acogidos a la Ley de Segunda Oportunidad
El Alto Tribunal confirma que las deudas con Hacienda y Seguridad Social no quedan automáticamente excluidas de la exoneración, pero sí están sujetas a límites específicos.
En concreto, se reconoce la exoneración íntegra de los primeros 5.000 euros por cada acreedor público y, a partir de esa cifra, el 50% hasta un máximo de 10.000 euros. Además, la limitación no se aplica a los créditos públicos subordinados, que sí pueden quedar plenamente exonerados.
La sentencia también refuerza la seguridad jurídica del sistema: el deudor debe identificar expresamente todas las deudas cuya exoneración solicita y el juez debe concretar en la resolución qué créditos quedan efectivamente liberados.
Este pronunciamiento es especialmente relevante para autónomos y pequeños empresarios con deudas frente a la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, ya que clarifica el alcance real de la segunda oportunidad y permite planificar con mayor precisión la estrategia concursal.
En Lecóver asesoramos a empresarios y persona natural no empresaria en procesos de insolvencia, sobre todo en aquellos casos complejos en los que las deudas vienen derivadas de una actividad empresarial, o directamente se ha acordado una deribacion tributaria o de seguridad social contra ellos.




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