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INDEMNIZACIONES POR EL CIERRE DE LA HOSTELERIA


Hace unos días conocíamos una nueva sentencia en la que el Juzgado de Primera Instancia 14 de Granada declaraba el derecho de un negocio hostelero a cobrar una indemnización por parte de su compañía aseguradora por la pérdida de negocio derivado de los cierres acordados por el confinamiento sobre la base de la declaración del Estado de Alarma que ha sido declarado parcialmente inconstitucional.


Los Tribunales han venido reconociendo este derecho a indemnizar las pérdidas a consecuencia de los cierres por la pandemia, teniendo siempre en cuenta el contenido expreso de cada póliza. Es decir, es preciso comprobar que la póliza contiene clausulado específico respecto al lucro cesante, o a la pérdida de negocio.


En este sentido la Juez del Juzgado de Granada en su sentencia ha especificado que aquello que, desde el punto de vista de los contratos de seguro, se quiera excluir debe indicarse expresamente en la póliza que se suscribe.


En estos casos, los cierres por pandemia no estaban expresamente excluidos de la póliza del seguro multirriesgo suscrito por el negocio hostelero, y que, por lo tanto, y según la sentencia, lo que no está expresamente excluido, está incluido.


La línea que marca la Sentencia, en concreto, que la pandemia está cubierta por los seguros multirriesgo de cese de actividad si no se excluye expresamente; consolida la primera sentencia en este sentido, dictada por la Audiencia Provincial de Girona en el mes de febrero porque la aseguradora no excluyó expresamente esta cobertura.


En Lecover tenemos en marcha varios procedimientos en el mismo sentido, y a día de hoy seguimos revisando pólizas de seguro a fin de comprobar las posibilidades que tiene cada cliente de poder reclamar su correspondiente indemnización.

Es importante tener este último punto muy en cuenta, la viabilidad de la reclamación dependerá del contenido de la póliza del seguro multirriesgo. Si bien, esto es extrapolable no solo a los negocios de hostelería, sino a todos aquellos que se consideraron no esenciales y que, por tanto, se vieron obligados a cerrar.


Las sentencias de Girona y de Granada abren la puerta a otras futuras sentencias que se dicten en los próximos meses en el mismo sentido, en reclamaciones que ya están en marcha.


Si necesitas que revisemos tu póliza de seguro e iniciemos la reclamación por pérdidas por cierre, puedes poner te en contacto con nosotros por mail a hola.lecover@gmail.com , en el teléfono 608502382 o por medio de nuestro formulario de contacto.


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