Hemos oído hablar en miles de ocasiones del crowdfunding como una herramienta por medio de la cual los proyectos emprendedores consiguen financiación sobre todo en momentos iniciales de la empresa.
Cuando hablamos de crowdfunding hablamos de financiación colectiva. de un sistema de cooperación que permite al emprendedor reunir una suma de dinero considerable mediante aportaciones de multitud de personas que obtienen a cambio distintas recompensas.
Existen tres tipos fundamentales de crowdfunding:
CROWDFUNDING DONACIÓN → En este caso el inversor no recibe nada a cambio. se trata de una verdadera donación, que el inversor realiza con el único objetivo de haber contribuido al desarrollo del proyecto.
CROWDFUNDING RECOMPENSA → En este caso el pequeño inversor aporta dinero y recibe algún tipo de recompensa, como puede ser una mención, o una muestra del producto…
CROWDFUNDING INVERSIÓN → Se trata del sistema basado en préstamos entre particulares y empresas. En unos casos se presta el dinero a cambio de un tipo de interés, y en otros casos a cambio de una cuota en el capital de la compañía.
La elección de uno u otro sistema va a depender, en gran parte del momento, o el nivel de desarrollo en que se encuentre el proyecto. Estos sistemas están pensados para startups en una fase muy inicial de los proyectos emprendedores, puesto que no conlleva ningún coste financiero y solo si hay ganancias el inversor obtendrá retorno.
Así, el crowdfunding se puede considerar como una forma fácil de acceso al crédito para la compañía y al mismo tiempo da la opción al pequeño inversor de participar directamente en la empresa que él selecciona o elige.
La Ley 5/2015 de 27 de abril de Fomento de la Financiación Empresarial aborda el régimen legal de las plataformas de financiación participativa, desde una triple dimensión.
Se establece el régimen jurídico de las entidades denominadas plataformas de financiación participativa.
Se reserva esta actividad a entidades autorizadas.
Se determinan las normas aplicables a los agentes que utilicen estos sistemas de financiación.
Pueden acceder a la financiación por medio de crowdfunding tanto las personas físicas como jurídicas que tengan su residencia fiscal o estén válidamente constituidas en España o en otro Estado Miembro de la UE.
Ningún promotor de proyectos podrá tener publicado simultáneamente en la plataforma de crowdfunding más de un proyecto.
Si estás buscando financiación para tu startup, te estás planteando el crowdfunding como una opción y necesitas ayuda puedes ponerte en contacto con nosotros por mail a clientes@lecoverabogados.com , en el teléfono 608502382 o por medio de nuestro formulario de contacto www.lecoverabogados.com
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