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Planes de Reestructuración para evitar el Concurso de Acreedores

En 2024 se han consolidado los Planes de Reestructuración que introdujo la Ley 16/2022, y la tendencia se mantendrá este 2025.




En el contexto empresarial actual, la capacidad de adaptarse a los cambios económicos y financieros es crucial para la supervivencia y éxito de las empresas. Una de las herramientas más importantes para abordar situaciones de crisis empresarial en España es el plan de reestructuración, regulado en el Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC).


El objetivo principal de un plan de reestructuración es evitar la insolvencia mediante acuerdos que permitan la continuidad de la actividad empresarial. Desde nuestro despacho, especializado en derecho mercantil, queremos ofrecer una guía clara sobre esta figura clave y los pasos necesarios para su elaboración y ejecución.


¿Qué es un plan de reestructuración?


Según el TRLC, un plan de reestructuración es una herramienta preventiva destinada a renegociar las deudas de una empresa antes de que esta alcance una situación de insolvencia definitiva. Este mecanismo permite a las empresas y a sus acreedores trabajar conjuntamente para alcanzar un acuerdo que garantice la viabilidad de la organización.


Los planes de reestructuración ofrecen flexibilidad en su diseño, pudiendo incluir medidas como:

  • La modificación de condiciones de crédito (plazos, intereses, etc.).

  • La venta de activos no esenciales.

  • La entrada de nuevos inversores o financiación.

  • La reorganización operativa y administrativa de la empresa


    Si bien, y aunque tras la aprobación de la reforma, por parte de los Juzgados de lo Mercantil se proporcionaba esa flexibilidad y se favorecía la autonomía de la voluntad de las partes, recientemente hemos apreciado cierta tendencia a restringir determinados tipos de acuerdos dentro de los planes de reestructuración, quizás para evitar abusos o excesos que se hayan podido producir y para proporcionar seguridad y garantía de que el plan de reestructuración es idóneo para el fin para el que se diseña.


Pasos para elaborar y ejecutar un plan de reestructuración


  1. Identificación de la situación financiera de la empresa

    • Realizar un diagnóstico exhaustivo de la situación económica y financiera de la empresa.

    • Determinar si existe una probabilidad real de insolvencia a corto o medio plazo.

  2. Designación de un experto en reestructuración

    • Contar con la colaboración de profesionales especializados, como abogados mercantiles y economistas, para asesorar en el proceso.

    • En algunos casos, se puede solicitar la designación de un experto independiente por parte del juez.

  3. Elaboración del plan de reestructuración

    • Definir las medidas a implementar para garantizar la viabilidad de la empresa.

    • Incluir un análisis de los recursos disponibles y las proyecciones futuras.

    • Redactar el plan de manera clara y comprensible para todas las partes implicadas.

  4. Negociación con los acreedores

    • Comunicar el plan a los acreedores afectados y abrir un periodo de negociación.

    • Buscar un consenso que garantice la aprobación del plan por las mayorías requeridas.

  5. Presentación judicial y homologación del plan

    • Si el plan afecta a acreedores que no lo han aceptado, es necesario someterlo a homologación judicial.

    • La homologación otorga seguridad jurídica y protege al plan frente a posibles impugnaciones.

  6. Implementación y seguimiento

    • Ejecutar las medidas previstas en el plan de reestructuración.

    • Establecer mecanismos de control y seguimiento para asegurar el cumplimiento de los objetivos.


Beneficios de un plan de reestructuración


  • Prevención de la insolvencia: Evita la liquidación de la empresa y protege su continuidad.

  • Protección frente a ejecuciones individuales: La homologación judicial permite suspender temporalmente las acciones judiciales de los acreedores.

  • Flexibilidad y adaptabilidad: Permite diseñar soluciones a medida de las necesidades de la empresa y sus acreedores.


Finalmente, también es relevante para las compañías y los empresarios, el hecho de que mediante el Real Decreto-ley 9/2024 se prorroga dos años más (hasta 2026) la moratoria contable, introducida por la normativa COVID durante la pandemia. Durante este periodo no se tomarán en consideración para la concurrencia de la causa de disolución por pérdidas del art. 363.1 e) LSC, las pérdidas que se hayan producido desde 2020 hasta 2026.


En Leover, despacho de abogados especialistas en empresas, podemos ayudarte con la elaboración y negociación de planes de reestructuración. Si tu empresa enfrenta dificultades financieras, no dudes en contactarnos. Estamos aquí para ayudarte a garantizar su continuidad y éxito futuro.


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